¿Qué son los gastos comunes y cómo se calculan??
Los gastos comunes son aquellos que, por efectuarse en beneficio de la comunidad, deben ser soportados por todos los comuneros en la proporción que les fija el Reglamento de Copropiedad.
Clases de Gastos Comunes:
El artículo 2 de la Ley 19.537 distingue entre gastos comunes ordinarios y gastos comunes extraordinarios.
Los gastos comunes ordinarios son aquellos que demanda:
- 1. La administración
- 2. La mantención de los bienes comunes
- 3. Las reparaciones menores
- 4. Los usos y consumos
Los gastos de administración son aquellos que se generan por causa de las remuneraciones y cotizaciones previsionales del personal de servicio, conserje y administrador. Los gastos de mantención son los necesarios para el mantenimiento de los bienes de dominio común, tales como revisiones periódicas de orden técnico, aseo y lubricación de los servicios, maquinarias e instalaciones, reposición de luminarias, ampolletas, accesorios, equipos y útiles necesarios para la administración, mantención y aseo del condominio y otros análogos.
Los gastos de reparación son los que demanda el arreglo de desperfectos o deterioros de los bienes de dominio común o el reemplazo de artefactos, piezas o partes de éstos.
Por último, los gastos de uso y consumo que son los correspondientes a los servicios colectivos de calefacción, agua potable, gas, energía eléctrica, teléfonos u otros de similar naturaleza. Por su parte, los gastos comunes extraordinarios son aquellos adicionales, diferentes a los ordinarios y los que se destinan a obras nuevas comunes.
En otras palabras: La ley de Copropiedades distingue entre gastos comunes ordinarios y gastos comunes extraordinarios. Dentro de los primeros se encuentran los de la administración, es decir, los correspondientes a las remuneraciones del personal de servicio, conserje y administrador; de la mantención, que son los necesarios para el mantenimiento de los bienes de dominio común, tales como las revisiones periódicas de orden técnico, aseo y lubricación de los servicios, maquinarias e instalaciones, reposición de luminarias, entre otros; de la reparación, que son los que demande el arreglo de desperfectos o deterioros de los bienes de dominio común o el reemplazo de artefactos y del uso y el consumo, que corresponden a los servicios colectivos de calefacción, agua potable, gas, energía eléctrica, teléfonos u otros de similar naturaleza.
En tanto, los gastos comunes extraordinarios corresponden a los gastos adicionales a los comunes ordinarios y las sumas destinadas a nuevas obras comunes.
¿Existe alguna forma de calcular estos gastos comunes?
El valor total del gasto común se debe multiplicar por este factor porcentual, y así obtendremos lo que nos corresponde pagar individualmente.
Por ejemplo: Gasto común total Junio 2018: $5.125.602
Gasto común a pagar: $5.125.602 * 0,7007% = $35.915